REGISTRO MUNICIPAL DE DEMANDANTES DE VIVIENDAS DE ARAHAL
El Registro Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas de Arahal, es un instrumento que:
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- Proporciona información actualizada sobre necesidades de vivienda, permitiendo a las Administración Local y de la Comunidad Autónoma adecuar sus políticas de vivienda y suelo.
- Establece los mecanismos de selección para la adjudicación de viviendas de protección pública en el ámbito municipal.
- Todas las personas interesadas en ser beneficiario de una VPO en Arahal tendrán que inscribirse en este registro de demandantes de vivienda protegida.
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El Reglamento Regulador de los Registros Públicos Municipales de Demandantes de Vivienda Protegida aprobado mediante Decreto 1/2012, de 10 de enero, señala requisitos y procedimientos que deben seguirse para la adjudicación de vivienda protegida con el fin de garantizar los principios de igualdad, publicidad y concurrencia recogidos en la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de medidas para la vivienda protegida y el suelo.
Ámbito y estructura
De conformidad con lo establecido en el artículo 16.2 de la Ley 1/2010, de 8 de marzo, los Ayuntamientos están obligados a crear, mantener y actualizar de manera permanente los Registros Públicos Municipales, los cuales tienen ámbito territorial municipal y se gestionarán por cada Ayuntamiento de forma independiente.
El Registro de Demandantes es competencia de cada Ayuntamiento y está gestionado por cada municipio de forma independiente.
La Consejería de Obras Públicas y Vivienda coordina y relaciona las bases de datos municipales de todos los Registros de Demandantes para obtener una base de datos común y actualizada siempre.
Cada Ayuntamiento redacta, modifica si procede y aprueba las bases por las que se rige el funcionamiento de su Registro, pero siempre deben adecuarse esas bases a lo establecido en la normativa de Andalucía.
A través de una herramienta informática común todos los municipios realizarán la recogida y gestión de datos de forma análoga, beneficiando así a la base de datos colectiva de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda.
Los impresos de solicitud de inscripción pueden obtenerse en esta misma página, así como en la Oficina de la Sociedad de Desarrollo.
SOCIEDAD DE DESARROLLO
Cumplimentada la solicitud de inscripción y preparada la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos, podrá presentarse:
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- En la de la Sociedad de Desarrollo de Arahal
- No existe límite de plazo para la presentación de solicitudes. Si tiene alguna duda al respecto, puede ponerse en contacto con la Sociedad de Desarrollo de Arahal
- Adjudicación de vivienda
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Las Bases Reguladoras del Registro determinarán los criterios de selección de adjudicatarios, cumpliendo siempre los principios de igualdad, publicidad y concurrencia que establece la Ley 13/2005, de medidas para la vivienda protegida y el suelo.
La adjudicación se realizará entre demandantes inscritos que cumplan los requisitos de cada programa y los cupos establecidos.
Cuando los Planes de Vivienda establezcan criterios de preferencia para determinados programas, éstos tendrán prioridad.
El desarrollo del objeto social se llevará a cabo mediante la práctica de las siguientes funciones: